domingo, 19 de agosto de 2012

¿Es verdad que si no le pago al banco no me puede hacer nada porque no firme un pagaré?



¨Me dijo mi compadre que los bancos no pueden cobrarme..."
Por desgracia eso es un mito. Muchas personas (ignorantes del derecho básico mercantil) insisten en el supuesto "hecho" de que, cómo no firmamos un pagaré al realizar nuestras compras, que entonces el banco no tiene los elementos necesarios para poder proceder legalmente en contra del deudor. Lamento decir que eso es falso.
Una rápida lectura a la ley de instituciones de crédito nos dice:
Artículo 68.Los contratos o las pólizas en los que, en su caso, se hagan constar los créditos que otorguen las instituciones de crédito, junto con los estados de cuenta certificados por el contador facultado por la institución de crédito acreedora, serán titulos ejecutivos, sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito.

El estado de cuenta certificado por el contador a que se refiere este artículo, hará fe, salvo prueba en contrario, en los juicios respectivos para la fijación de los saldos resultantes a cargo de los acreditados o de los mutuatarios.
Puedes ver la ley de instituciones de crédito completa: aquí
Debes saber que, no solamente el pagaré es un titulo ejecutivo de crédito.  También lo son el cheque, la letra de cambio, el estado de cuenta bancario entre otros.
Así las cosas, el hecho de no haber "firmado un pagaré" al utilizar la tarjeta o disponer del préstamo no quiere decir que el banco fue tan "tonto" cómo para no garantizar el pago de estas obligaciones de forma legal. Basta tan solo nuestro estado de cuenta y/o nuestro contrato de apertura de crédito simple, para que el banco pueda proceder mediante un juicio ejecutivo mercantil en nuestra contra.
Lo peor que podemos hacer cuando tratamos de resolver un problema, es basar nuestra estrategia en mitos o suposiciones. Eso solo nos traerá problemas al mediano o largo plazo.
Siempre es mejor buscar asesoría profesional. 

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